Elecciones 2025 en CABA: ¿Qué hacer si fuiste designado autoridad de mesa y no puedes asistir?

Con las elecciones de 2025 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) acercándose rápidamente, muchos ciudadanos se están preparando para cumplir con su deber cívico. Sin embargo, algunos son seleccionados como autoridades de mesa, una responsabilidad crucial para el correcto desarrollo de los comicios. ¿Qué ocurre si, por diversas razones, una persona designada no puede cumplir con esta tarea? Este artículo explora las causales de excusa válidas y el procedimiento para renunciar al cargo sin enfrentar sanciones.

Obligaciones y Derechos de las Autoridades de Mesa

Según informa Clarín, la designación como autoridad de mesa conlleva una obligación legal, similar a la de votar. No obstante, la legislación electoral contempla situaciones excepcionales que permiten a los ciudadanos excusarse de esta responsabilidad. Es fundamental conocer estos derechos y los pasos a seguir para evitar inconvenientes.

El proceso electoral requiere de la participación activa de los ciudadanos, y las autoridades de mesa desempeñan un papel fundamental en la organización y supervisión de la votación. Sin embargo, entender que existen circunstancias legítimas que pueden impedir a alguien cumplir con esta función es crucial para garantizar un proceso justo y equitativo.

Causales de Excusación: ¿Cuándo puedo renunciar al cargo?

El Código Electoral establece una serie de causales que justifican la renuncia al cargo de autoridad de mesa. Estas causales se dividen en dos categorías principales:

  1. Inhabilidades previas a la elección:
    • Desempeñar un cargo partidario o electivo a la fecha de la elección.
    • Ser candidato a un cargo electivo en la misma elección.
    • Estar afiliado a alguna agrupación política.
  2. Impedimentos sobrevinientes:
    • Enfermedad o causas de fuerza mayor que impidan el desempeño de la función.

Es importante destacar que, en caso de invocar enfermedad o fuerza mayor, el Tribunal Electoral puede solicitar documentación adicional para verificar la validez de la causa. Este proceso asegura que las excusas sean genuinas y que el proceso electoral no se vea comprometido.

¿Cómo notificar la renuncia al Tribunal Electoral?

Las personas que se encuentren comprendidas en alguna de las causales de inhabilidad tienen un plazo de tres días hábiles desde la recepción de la notificación para informar al Tribunal Electoral. Esta notificación debe realizarse de manera formal, presentando la documentación que respalde la causal invocada.

En el caso de impedimentos sobrevinientes, como una enfermedad repentina, el plazo para notificar al Tribunal Electoral es de tres días hábiles desde que ocurrió el evento. La notificación tardía puede acarrear sanciones, por lo que es fundamental actuar con celeridad.

¿Qué sucede después de notificar la renuncia?

Una vez que el Tribunal Electoral recibe la notificación de renuncia, evalúa la validez de la causal invocada. Si la causal es aceptada, el Tribunal selecciona un reemplazo de entre las personas inscritas en el Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesa.

Este registro permite garantizar que siempre haya ciudadanos disponibles para cubrir las vacantes que puedan surgir, asegurando así que todas las mesas de votación cuenten con el personal necesario para funcionar correctamente.

¿Quiénes están exentos de votar en las Elecciones 2025?

Además de las causales para renunciar a ser autoridad de mesa, existen también exenciones para no votar, según detalla Redacción Clarín. Estas incluyen:

  • Electores mayores de 70 años.
  • Electores menores de 18 años.
  • Electores extranjeros.
  • Funcionarios del Tribunal Superior de Justicia, Tribunal Electoral e Instituto de Gestión Electoral afectados al servicio durante los comicios.
  • Fiscales partidarios que desempeñen su tarea en una mesa electoral distinta a la que debieran votar.
  • Electores que se encuentren a más de 500 kilómetros de CABA el día de la elección.
  • Electores imposibilitados de asistir por razones de fuerza mayor o enfermedad certificada.
  • Personal de seguridad y organismos o empresas de servicios públicos que deban realizar tareas durante el acto comicial.

¿Qué pasa si no asisto a votar o no justifico mi ausencia?

La no asistencia a votar sin justificación válida conlleva una sanción económica. Es por ello que es fundamental conocer las causales de exención y, en caso de no poder asistir, presentar la justificación correspondiente ante las autoridades competentes.

Conclusión

Las elecciones 2025 en CABA requieren del compromiso cívico de todos los ciudadanos. Sin embargo, la ley contempla situaciones excepcionales que permiten renunciar al cargo de autoridad de mesa o eximirse de la obligación de votar. Conocer estas disposiciones y seguir los procedimientos adecuados es fundamental para evitar sanciones y contribuir a un proceso electoral transparente y justo. La información proporcionada por Clarín es esencial para entender estos derechos y responsabilidades.